Los préstamos estudiantiles pueden descargarse en quiebra cuando existen circunstancias excepcionales que hacen improbable que pueda repagarse el préstamo en algún momento.
En el caso Erkson v. United States Dep't of Educ., 582 B.R. 542 (Bankr. Maine, 2018) el Tribunal de Quiebras del Distrito de Maine, autorizó el descargo de un préstamo estudiantil del deudor en quiebra bajo los poderes que le concede la Seccion 523(a)(8) del Código de Quiebras.
El tribunal explicó que basó su dictamen en que tanto la condición financiera actual de la deudora, como su prospecto económico futuro eran suficientes para establecer la necesidad para el descargo.
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