Por Lcda. Zelma Dávila
Si se siente agobiado por el peso de sus deudas, pero sigue teniendo alguna fuente de ingresos, debe examinar la posibilidad de acogerse al capítulo 7 de la ley de quiebras.
El Capítulo 7, a veces descrito como "quiebra de liquidación" o "quiebra directa" es lo que la mayoría de la gente imagina cuando piensa en el proceso de quiebra. Sin embargo, no todos los consumidores están en condiciones de beneficiarse de él. Hay que examinar cada caso en particular.
La norma vigente para cualificar es un examen de medios, que se utiliza para limitar el número de personas que se acogen al Capítulo 7 de la Ley de Quiebras.
A menudo, si un consumidor no cumple con condiciones del Capítulo 7, todavía son elegibles para presentar la quiebra del Capítulo 13.
¿Qué implica la quiebra del Capítulo 7?
En una quiebra del Capítulo 7, todos sus activos no esenciales pudieran serán vendidos. Las ganancias se dividen entre sus acreedores.
Si esos fondos no son suficientes para saldar todas sus cuentas, las deudas se perdonan y usted puede empezar de nuevo desde cero.
En otras palabras, el Capítulo 7 provee los medios para eliminar la mayor parte de sus deudas no garantizadas, con algunas excepciones como la manutención de los hijos, la pensión alimenticia y las deudas sobre contribuciones.
Las deudas que generalmente están cubiertas y se eliminaran en una quiebra del Capítulo 7 son las siguientes:
● Facturas médicas
● Facturas de tarjetas de crédito
● Facturas de servicios públicos
● Préstamos personales
● Tarjetas de crédito
● Algunos préstamos gubernamentales
● Algunas facturas del gobierno
Cómo cualificar.
Si cumple con los requisitos, esta podría ser su oportunidad de salir con una nueva vida financiera.
Según el Instituto Americano de Quiebra, cerca del 95% de las radicaciones del Capítulo 7 entre octubre de 2018 y octubre de 2019 fueron descargadas con éxito.
Estos son los requisitos básicos para calificar para la quiebra del Capítulo 7:
● Debe de examinarse y aprobar un análisis de medios que toma en cuenta sus activos, ingresos y gastos. Un abogado debe asistirle en este análisis.
● No puede haber presentado una petición de quiebra del Capítulo 7 o del Capítulo 13 que haya sido rechazada en los 180 días anteriores.
No puede haber concluido un Capítulo 7 en los últimos ocho años, o una quiebra del Capítulo 13 en los seis años anteriores.
Las estadísticas nacionales en los Estados Unidos sugieren que 7 de cada 10 consumidores que se declaran en quiebra personal optan por la liquidación del Capítulo 7 en lugar de la reorganización del Capítulo 13. Esto es comprensible, ya que el plazo de liquidación del Capítulo 7 es de tres a seis meses como máximo. La quiebra de Capítulo 7 es más agil.
El problema es que hay muchos matices que pueden tener todo tipo de efectos imprevisibles en los cálculos del examen de medios. Por ello no es recomendable que usted mismo realice el análisis. Normalmente es mejor buscar la experiencia de un abogado de quiebra que pueda ayudarle a entender si sus cálculos son correctos.
¿Quiere saber si puede acogerse al Capítulo 7?
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